El 016 para víctimas de violencia de género cambia su dirección de correo electrónico

Escrito por Gobierno de España. 16 de junio de 2020, martes.

El servicio online de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género ha cambiado de dominio. Su nueva dirección de correo electrónico es:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



Los correos que se reciban en la dirección anterior (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) se redigirán de manera automática a la nueva dirección hasta septiembre de 2020.

El Ministerio de Igualdad, por medio de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, recuerda que tanto el teléfono 016 como las consultas a través del correo electrónico siguen funcionando con normalidad las 24 horas del día y todos los días de la semana.

En el 016 se puede pedir asesoramiento sobre los recursos disponibles y los derechos de las víctimas de violencia de género, así como asesoramiento jurídico de 8 a 22 horas todos los días de la semana, con atención en 52 idiomas y un servicio adaptado a posibles situaciones de discapacidad. Y en caso de necesidad de apoyo emocional o psicológico inmediato, continúa en funcionamiento un servicio chat de WhatsApp a través de los teléfonos 682916136 y 682508507.

En una situación de emergencia se puede llamar al 112 o a los teléfonos de emergencias de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Si no es posible realizar una llamada, está disponible la aplicación ALERTCOPS, desde la que se enviará una señal de alerta a la Policía con geolocalización.

Por otra parte, ante la actual emergencia sanitaria, el Ministerio de Igualdad ha publicado una 'Guía de actuación para mujeres que estén sufriendo violencia de género en situación de permanencia domiciliaria derivada del estado de alarma por COVID-19', con preguntas y respuestas sobre información general; asesoramiento; ayuda psicológica; ayuda en caso de emergencia; qué hacer tanto si se convive con el agresor como si no, y sobre custodia de posibles hijos e hijas en común.


* Texto remitido en el que se respeta el contenido íntegro, la redacción y la ortografía, con excepción del titular y de la entradilla del artículo

Imprimir

powered by social2s