Estatuto de las víctimas

Escrito por Emilio Cerezuela. Abogado de Ápices. 18 de mayo de 2015, lunes.

La Ley del Estatuto de la Víctima del Delito, aprobado el pasado día 16 de abril definitivamente por el Congreso de los Diputados, tras las enmiendas del Senado, refuerza la protección jurídica y los apoyos sociales a las personas con discapacidad en su condición de victimas de determinados delitos graves.

El texto de la Ley finalmente adoptado por el Parlamento ha recogido buena parte de las demandas del movimiento social de la discapacidad representado por el CERMI a lo largo de la tramitación de la iniciativa legislativa, y avanza en el enfoque de derechos establecido por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

La especial consideración de las personas con discapacidad como sector vulnerable, más propenso a sufrir agresiones y con más dificultades para defenderse, queda reflejada en el nuevo estatuto, proporcionando una más intensa protección jurídica y social de las víctimas con discapacidad, y garantizando la accesibilidad de los mecanismos de asistencia a las mismas.

Otro aspecto relevante de la Ley es la mención explícita a las organizaciones sociales de la discapacidad, como colaboradoras de los poderes públicos en la asistencia y el suministro de apoyos a las víctimas de delitos que presenten una discapacidad.

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