Ley 4/2015 de 27 de abril, Estatuto de la Víctima del Delito (III)

Escrito por Emilio Cerezuela. Abogado de Ápices. 1 de junio de 2015, lunes.

El artículo 22 trata sobre el derecho a la protección de la intimidad, y textualmente dice: ‘Los jueces, tribunales, fiscales y las demás autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, adoptaran las medidas necesarias para proteger la intimidad de todas las víctimas y de sus familiares y, en particular, para impedir la difusión de cualquier información que pueda facilitar la identificación de las víctimas menores de edad o de víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección’.

El artículo 23 regula la evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección, que deben ser adoptadas para evitar a la víctima perjuicios relevantes que, de otro modo, pudieran derivar del proceso. Esta valoración tendrá especialmente en consideración las características personales de la víctima, y en particular:

1º. Si se trata de una persona con discapacidad o si existe una relación de dependencia entre la víctima y el supuesto autos del delito.
2º. Si se trata de victimas menores de edad o de víctimas necesitadas de especial protección o en las que concurran factores de especial vulnerabilidad.

También se valorarán especialmente las necesidades de protección de las víctimas de entre otros delitos, los cometidos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, su orientación o identidad sexual, enfermedad o discapacidad.

A lo largo del proceso penal, se adoptarán medidas de protección para las víctimas menores de edad que tendrán en cuenta su situación personal, necesidades inmediatas, edad, género, discapacidad y nivel de madurez, y respetará plenamente su  integridad física, mental y moral.

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