Eliminación de la exclusión de determinadas personas con discapacidad como testigos de testamentos

Escrito por Emilio Cerezuela. Abogado de Ápices. 3 de junio de 2015, miércoles.

El Grupo Parlamentario Popular del Senado ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que se está tramitando en éste momento en el Senado, a fin de modificar el artículo 681 del Código Civil, cuya redacción actual impide a determinadas personas con discapacidad actuar como testigos en testamentos.

El texto vigente dispone que no podrán ser testigos en los testamentos “los ciegos y los totalmente sordos o mudos” y “los que no están en su sano juicio”., lo que supone una discriminación por motivos de discapacidad y entra en clara contradicción con los mandatos de la convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad, firmada y ratificada por España.

A partir de esta enmienda, y una vez sea adoptada, el Código Civil ya no hará referencia a las personas con discapacidad para excluirlas de estas tareas, limitándose a establecer neutralmente que no podrán ser testigos en testamentos  “los que no presenten el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical”.

El CERMI había denunciado esta flagrante exclusión contra las personas con discapacidad, y planteó al Ministerio de Justicia la modificación del artículo 681 del código Civil, lo que se producirá con la presentación y posterior aprobación de la enmienda comentada en el marco del proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, lo que se prevé en breves fechas.

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