¿Quién causó los destrozos en un coche?

Escrito por Carlos Illán Ruiz - 21DEhoy agenCYA. 12 de mayo de 2021, miércoles.

El vehículo apareció con los faros y los retrovisores rotos. El propietario, en base al testimonio de una mujer, demandó al propietario de la vivienda frente a la que estaba aparcado, pero en el juicio se destapó que no ella realmente no fue quien vio esa supuesta acción. La jueza Teresa Álvarez ha absuelto al investigado, quien en todo momento negó la autoría y que en este proceso ha estado defendido por la abogada Carmen Barceló, a quien se observa en la foto adjunta.



El 28 de febrero de 2019, en la Barriada California (Barriada de Hispanoamérica-Cartagena), un turismo apareció con los faros delanteros y traseros dañados, al igual que los espejos retrovisores y el capó.

El propietario señaló como responsable a una de las personas con las que había estado, con otros, en un vivienda de dicha barriada.  El ministerio fiscal consideró que el investigado era autor de un delito de daños, solicitando una condena de 20 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros (7.200 euros), además de indemnizar a la otra parte en 1.895 euros, la misma cifra que reclamó la acusación particular, que sólo variaba la petición de multa, cifrándola en 4.320 euros. Por su parte, la defensa del encausado, que llevó Carmen Barceló, pidió la absolución de su cliente.

El encausado negó ser el autor, manifestando durante la vista oral que el propietario, en un momento dado de la velada, cogió el coche y se marchó, diciendo después que habái tenido un golpe, sin decirle que estaba el vehículo aparcado delante de su casa. Negó haber discutido con esta persona y que se fue a dormir, aseverando que no hizo nada “salvo que fuera sonámbulo”.

El propietario del turismo, por su parte, expuso que salió con el coche a comprar cervezas y le dio un golpe, para después dejarlo aparcado delante de la vivienda del encausado, marchándose entonces a su casa en taxi. Continuó diciendo que mantuvo una discusión por el mando a distancia con el investigado y que fue una mujer que estaba en la reunión la que le avisó de los daños sufridos por su vehículo.

La mujer, por su parte, declaró que vive enfrente del acusado y que fue su familia la que lo vio destrozar el coche, añadiendo que nunca había tenido conflictos personales con la persona a la que señala como autora.

Una vez oídas las partes y planteadas las conclusiones de Fiscalía, acusación particular y defensa, quedaba por conocer la decisión de la magistrada titular del juzgado de Lo Penal número 3 de Cartagena, Teresa Álvarez, quien, en su sentencia, expone que no existe prueba directa ni indiciaria suficiente para concluir que el investigado sea el autor de los daños sufridos por el turismo. Hace hincapié en que no se observa impedimento alguno “para que hubiera testificado las personas que vieron al acusado golpear al vehículo, por lo que no vale otorgar valor probatorio al testigo de referencia”, de la que apunta su modificación de declaración, pues en un primer momento “firmó con rotundidad” haber visto esa acción y luego, en el juicio dijo que se lo contaron. Concluye que una discusión por un mando a distancia o que el turismo estuviera aparcado delante de su casa no son pruebas para fijar una condena, con lo que resuelve con su absolución.

Etiquetas: Cartagena

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