¿Puede cualquier ciudadano asistir a un juicio como espectador?
Responde: José Manuel Nicolás Manzanares. Presidente de la sección quinta de la Audiencia Provincial.
"El ciudadano puede asistir a las salas para presenciar todos los juicios penales, salvo en los que exista una circunstancia restrictiva especial, como puede ser que la víctima sea menor de edad o pudiera resultar dañada la dignidad de alguna persona. En esos casos, el tribunal valorará esas circunstancia tras escuchar a todas las partes y después emitirá una resolución específica. Sólo en esos casos, que son muy pocos, no tendrá acceso el publico. En las demás sesiones, cuando el agente de sala diga "Audiencia pública", los ciudadanos podrán acceder al interior de la sala. En lo que respecta a los procedimientos civiles, hay casos en los que son públicos y otros en los que no se puede acceder.
La difusión o publicidad de los juicios es una garantía en el proceso. Por ese motivo, a las primeras personas que se les indica que accedan a la sala son los medios de comunicación, para facilitar su labor de difusión y también todos los ciudadanos están invitados a observar como opera la Justicia".